El Senado sancionó la nueva Ley de Alquileres

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En una sesión virtual y con la oposición ausente, el Senado sancionó la nueva ley que modifica las reglas establecidas en el Código Civil para inquilinos y propietarios.
También se aprobó la ley de Educación a Distancia y se avanzó en la suspensión por 180 días de la inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas. 
El oficialismo en soledad aprobó la norma que establece numerosos cambios en la relación entre inquilinos y propietarios
El oficialismo en soledad aprobó la norma que establece numerosos cambios en la relación entre inquilinos y propietarios Fuente: LA NACION – Crédito: Fabián Marelli

En una sesión virtual atravesada por la polémica , el Senado sancionó la nueva ley de alquileres que modifica las reglas de juego entre inquilinos y propietarios establecidas en el Código Civil, como la extensión del contrato mínimo a tres años y el ajuste anual mediante el uso de una fórmula integrada por el índice de precios al consumidor y el de variación salarial.

La norma fue sancionada por el oficialismo en soledad. La oposición abandonó la videoconferencia en rechazo a la decisión del oficialismo de incluir proyectos que no tienen relación con la pandemia de coronavirus , como el de alquileres y la suspensión de la inscripción de sociedades por acciones simplificadas (SAS), tal como lo establece el protocolo votado por la Cámara alta en abril último.

El desplante opositor mereció una dura crítica del Frente de Todos, que repudió «la actitud irresponsable e insensible de Juntos por el Cambio de no acompañar la ley de alquileres que apoyó en comisiones».

«Nuestro bloque repudia una vez más el reiterado proceder de la oposición, que bajo la excusa de un supuesto y autoproclamado republicanismo, da la espalda a las necesidades de amplios sectores de nuestra población», sostiene el comunicado de la bancada que conduce José Mayans (Formosa).

A las críticas oficialistas sumó su voz el provincial Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro), quien calificó de hipócrita la actitud de la oposición. «Le quiero pedir al Frente de Todos que no permita que el Senado se convierta en un show, que es lo que quieren hacer», reclamó el senador aliado del oficialismo.

El oficialismo en soledad aprobó la norma que establece numerosos cambios en la relación entre inquilinos y propietarios Fuente: Télam

Cambios en el Código Civil

La nueva ley de alquileres modifica el Código Civil en lo atinente a las relaciones entre propietarios e inquilinos y sus disposiciones recién comenzarán aplicarse en los contratos que se suscriban después de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

Tras arduas negociaciones con las partes involucradas, y desconociendo un proyecto aprobado en el Senado en 2016, la Cámara de Diputados le había dado media sanción a la iniciativa casi por unanimidad el pasado 29 de noviembre.

Entre los cambios más importantes, el texto sancionado por la Cámara alta establece en tres años, en la actualidad es de dos, el plazo mínimo para la duración de los contratos

Además, fija un procedimiento para el ajuste del valor mensual de los contratos, el cual deberá actualizarse una vez por año en base a un nuevo índice.

Ese indicador estará compuesto en partes iguales por el índice de precios al consumidor, que elabora el Indec, y el de variación salarial de los trabajadores registrados (Ripte), del Ministerio de Trabajo. El valor de referencia será publicado todos los meses por el Banco Central.

Otra modificación destacada es la habilitación a una gama de alternativas para que el inquilino pueda usar como garantía del cumplimiento del contrato.

A las inmobiliarias, la propiedad de un tercero, se suma la posibilidad de ofrecer seguros de caución, avales bancarios y garantías de fianza y personales del inquilino, como el respaldo con recibos de sueldo o certificados de ingresos. No obstante, el aval no será unilateral, ya que deberá contar con el consentimiento del propietario.

A partir de la entrada en vigencia de la ley, será obligatorio registrar los contratos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Además, se establece en el equivalente de un mes de alquiler el depósito que debe abonar el inquilino y que tanto las expensas extraordinarias como impuestos sobre la propiedad, como el ABL, correrán por cuenta del locador.

Por último, la ley regula los mecanismos de resolución anticipada y de renovación de los contratos. En el primer escenario, el inquilino deberá anunciar su salida con tres meses de anticipación, caso contrario deberá pagar las penalidades convenidas. En el segundo supuesto, deberá ejecutarse dentro de los últimos tres meses de la relación contractual y podrá ser solicitada por cualquiera de las partes en un plazo no mayor de quince días corridos.

En la misma sesión el Senado también sancionó la ley de educación distancia, que reconoce el uso de plataformas virtuales y remotas para los cursos de primaria y secundaria. En la actualidad, sólo está reconocido este tipo de enseñanza para los mayores de 18 años.